Open-access La catalogación de los conocimientos tradicionales: una estrategia para enfrentar la apropiación cultural

Documenting traditional knowledge: a strategy to face cultural appropriation

Documentar o conhecimento tradicional: uma estratégia para enfrentar a apropriação cultural

Resumen:

La falta de protección adecuada de los conocimientos tradicionales facilita su apropiación indebida por terceros, sin el consentimiento de las comunidades poseedoras. En este contexto, la catalogación o elaboración de inventarios de conocimientos tradicionales y expresiones culturales surge como una alternativa para fortalecer los mecanismos de protección de estos saberes ancestrales. Este artículo analiza las ventajas y desafíos de la catalogación de este conocimiento, con el objetivo de establecer un marco conceptual y unas reflexiones que aporten en los debates y futuras aproximaciones sobre este tema. A partir de una revisión sistemática de literatura especializada, y desde un enfoque de metodología de análisis documental, desde este estudio se identifican aspectos a favor y los riesgos potenciales de este proceso de catalogación. Como aportes, se formulan a modo de propuesta unos principios y criterios mínimos para una catalogación ética, que incluyen el respeto a la propiedad intelectual, la participación de los poseedores tradicionales mediante una consulta previa y la confidencialidad sobre la información y conocimientos recopilados. Por último, se concluye que es necesario considerar otras dimensiones socioculturales, como la equidad en la distribución de beneficios, la protección de la identidad cultural y el diálogo intercultural.

Palabras clave:
Conocimiento tradicional; Expresiones culturales tradicionales; Catalogación; Apropiación cultural; Propiedad intelectual

Abstract:

The lack of adequate protection for traditional knowledge facilitates its misappropriation by third parties, without the consent of the holder communities. In this context, the cataloging or creation of inventories of traditional knowledge and cultural expressions emerges as an alternative to strengthen the protection mechanisms for this ancestral knowledge. This article analyzes the advantages and challenges of the cataloging of this knowledge, with the aim of establishing a conceptual framework and reflections that contribute to the debates and future approaches on this topic. From a systematic review of specialized literature, and from a documentary analysis methodology approach, this study identifies the aspects in favor and the potential risks of this cataloging process. As contributions, some principles and minimum criteria for ethical cataloging are formulated, which include respect for intellectual property, the participation of traditional holders through prior consultation and confidentiality regarding the information and knowledge collected. Finally, it is concluded that it is necessary to consider other sociocultural dimensions, such as equity in benefit-sharing, the protection of cultural identity and intercultural dialogue.

Keywords:
Traditional knowledge; Traditional cultural expressions; Cataloging; Cultural appropriation; Intellectual property

Resumo:

A falta de proteção adequada do conhecimento tradicional facilita a apropriação indevida por terceiros, sem o consentimento das comunidades detentoras. Nesse contexto, a catalogação ou inventário do conhecimento tradicional e das expressões culturais surge como uma alternativa para fortalecer os mecanismos de proteção desses saberes ancestrais. Este artigo analisa as vantagens e os desafios da catalogação desse conhecimento, com o objetivo de estabelecer um marco conceitual e reflexões que contribuam para os debates e futuras aproximações sobre o tema. A partir de uma revisão sistemática da literatura especializada, e sob a metodologia de análise documental, este estudo identifica aspectos favoráveis e os riscos potenciais desse processo de catalogação. Como contribuições, são formulados princípios e critérios mínimos para uma catalogação ética, os quais incluem o respeito à propriedade intelectual, a participação dos detentores tradicionais por meio de consulta prévia e a confidencialidade das informações e conhecimentos coletados. Por fim, conclui-se que é necessário considerar outras dimensões socioculturais, como a equidade na distribuição de benefícios, a proteção da identidade cultural e o diálogo intercultural.

Palavras-chave:
Conhecimento tradicional; Expressões culturais tradicionais; Catalogação; Apropriação cultural; Propriedade intelectual

Introducción

El conocimiento tradicional representa un tesoro cultural invaluable que ha sido transmitido de generación en generación por pueblos indígenas y comunidades locales (McGregor, 2010). Estos saberes, estrechamente ligados a su cosmovisión y relación con el entorno natural, poseen un enorme potencial para contribuir a la comprensión profunda de la naturaleza, los diversos significados dados por los grupos étnicos a lo largo de la historia y el enriquecimiento cultural de la humanidad (Xue y Go 2009; Ragavan 2001).

En este mismo escenario, pese a los esfuerzos de la comunidad internacional y algunas legislaciones internas, la falta de protección adecuada del conocimiento tradicional facilita indebida su apropiación por parte de terceros, quienes los pueden patentar o registrar como obras, diseños o signos distintivos, sin el consentimiento de las comunidades poseedoras (Restrepo Orrego 2006). Por esta razón, soluciones como la catalogación o elaboración de inventarios de conocimientos tradicionales y expresiones culturales surgen como una alternativa para reforzar los mecanismos de tutela y salvaguarda de estos saberes.

El presente documento, que es producto resultado del ejercicio académico del autor como profesor de la Universidad Militar Nueva Granada, tiene por objetivo analizar las ventajas y desafíos que traen consigo los procesos de catalogación del conocimiento tradicional, en aras de establecer un marco conceptual sólido para guiar el desarrollo de futuras aproximaciones sobre este tema.

Desde una metodología de análisis documental, y siguiendo un enfoque interpretativo sistemático y teleológico, en este estudio se realiza una revisión exhaustiva de la literatura existente sobre la catalogación del conocimiento tradicional, incluyendo normas e informes de organizaciones internacionales, artículos académicos y libros resultado de investigación. De esta manera se busca contribuir a la comprensión de los desafíos y oportunidades que presenta la catalogación de estos saberes ancestrales.

Como resultado, la investigación revela que la catalogación de los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales puede generar beneficios significativos para las comunidades poseedoras, tales como el reconocimiento y valorización de sus saberes, el empoderamiento a través de herramientas para gestionar su patrimonio cultural, y la posibilidad de obtener una retribución justa por el uso de sus conocimientos. Sin embargo, también se identifican riesgos potenciales, como la no obtención de un consentimiento libre, previo e informado, o el deterioro de la identidad cultural de las comunidades.

El artículo concluye que la catalogación del conocimiento tradicional es una tarea compleja que requiere un enfoque ético y responsable que respete los derechos y la dignidad de los pueblos indígenas y comunidades locales. Los principios y criterios mínimos para una catalogación ética incluyen el respeto a la propiedad intelectual, la participación de los titulares tradicionales mediante una consulta previa, y la confidencialidad sobre la información y conocimientos recopilados. Además, se sostiene que es necesario considerar otras dimensiones socioculturales, como la equidad en la distribución de beneficios, la protección de la identidad cultural y el diálogo intercultural.

Metodología

Esta investigación, enmarcada en una metodología de análisis documental, sigue un enfoque interpretativo sistemático con el fin de realizar una revisión exhaustiva de la literatura existente sobre la catalogación del conocimiento tradicional. A partir del análisis de normas e informes de organizaciones internacionales, artículos académicos y libros resultado de investigación, se buscó contribuir a la comprensión de los desafíos y oportunidades que presenta la catalogación de estos saberes ancestrales.

En una primera etapa, tras delimitar el tema de la investigación a la catalogación del conocimiento tradicional como forma de abordaje de la problemática que representa la apropiación del conocimiento tradicional, se revisó la literatura existente sobre la materia en bases de datos como SJR, EBSCO, JCR y Hein. Se extrajeron un total de 114 ciento catorce documentos, a partir de descriptores clave como ‘conocimiento AND tradicional’, ‘catalogación AND conocimiento AND tradicional’, ‘inventarios AND expresiones AND culturales’, entre otros.

A continuación se aplicaron criterios de selección rigurosos, entre estos se trianguló la información recopilada de diferentes para garantizar la confiabilidad y validez de los resultados y, de esta manera, se lograron identificar las fuentes de información más relevantes. Esta información fue analizada de manera sistemática, en conjunto con normas e informes, utilizando técnicas de análisis de contenido y síntesis temática.

Por último, se interpretaron los resultados del análisis de la información en el contexto del tema de investigación y el objetivo de investigación formulado —analizar las ventajas y desafíos que traen consigo los procesos de catalogación del conocimiento tradicional, en aras de establecer un marco conceptual sólido para guiar el desarrollo de futuras aproximaciones sobre este tema—, con lo cual, se pudieron identificar tendencias y relaciones entre los diferentes hallazgos. Por último, se sintetizaron los principales hallazgos del estudio y se formularon recomendaciones a modo de discusión, para futuras investigaciones y acciones sobre la catalogación del conocimiento tradicional.

Resultados

La protección del conocimiento tradicional

En el panorama actual, la protección del conocimiento tradicional ha adquirido un papel fundamental dentro del debate sobre la propiedad intelectual. Este tema ha sido impulsado en gran medida por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual durante las últimas décadas. Es importante destacar que los mecanismos convencionales de propiedad intelectual, diseñados principalmente para proteger las creaciones individuales en el contexto occidental, no siempre se ajustan adecuadamente a las características específicas de los saberes acumulados por los pueblos indígenas (Folke 2004; Robinson et al. 2017).

Siguiendo con esta línea, señalan Pardo-de-Santayana y Macía (2015) que los derechos de propiedad intelectual sobre las invenciones, modelos de utilidad, signos distintivos u obras, están concebidos para proteger las creaciones individuales. Sin embargo, el conocimiento tradicional presenta elementos propios que lo diferencian del enfoque convencional de la propiedad intelectual, al ser un conocimiento de naturaleza colectiva y susceptible de compartirse por diferentes vías, como la transmisión oral, y de generación en generación.

Además, el conocimiento tradicional no suele cumplir con los requisitos de novedad y originalidad exigidos por los sistemas clásicos de propiedad intelectual. Las innovaciones contenidas en el conocimiento tradicional a menudo se basan en el conocimiento acumulado de la comunidad a lo largo del tiempo, dificultando la identificación de un único creador (Folke 2004).

Por otro lado, la naturaleza colectiva del conocimiento tradicional plantea desafíos en la determinación de la titularidad de los derechos. Los marcos de propiedad intelectual convencionales generalmente otorgan derechos a individuos o entidades legalmente reconocidas (Haugen 2005). Esto puede resultar problemático para el conocimiento tradicional, ya que la propiedad intelectual suele residir en la comunidad en su conjunto (Beltrán 2017).

Como respuesta a las limitaciones de los sistemas de propiedad intelectual convencionales, se ha propuesto el desarrollo de sistemas sui generis para la protección del conocimiento tradicional. Estos sistemas se apartan de los modelos tradicionales y se diseñan específicamente como sistemas sui generis para abordar las características únicas del conocimiento tradicional (Blakeney 2009; Tobón Franco 2007).

En este punto, cabe hacer dos precisiones. La primera, es que un sistema sui generis, en el contexto de la propiedad intelectual, se refiere a un régimen específicamente diseñado para salvaguardar a un tipo particular de sujeto de derecho; en el caso del conocimiento tradicional, un sistema sui generis busca ofrecer una forma de protección positiva que se adapte a las especificidades de este conocimiento colectivo y dinámico. La segunda precisión, es que los sistemas sui generis puede adoptar diversas formas, dependiendo de cada contexto, y en el marco de la libre autonomía de los pueblos en la toma de decisiones.

De acuerdo con Valladares y Olivé (2015) algunos modelos de protección de conocimiento tradicional se centran en la protección de los derechos de las comunidades sobre sus recursos biológicos y conocimientos asociados mediante la consulta previa con las propias autoridades locales como requisito sine qua non, mientras que otros modelos se orientan hacia la regulación del acceso a los recursos genéticos en cabeza del estado.

Desde mediados de la década de 1970, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual – OMPI ha reconocido la importancia fundamental de los recursos genéticos y demás recursos biológicos como elementos esenciales para el desarrollo económico, social y cultural de las naciones. En este contexto, la OMPI ha establecido mecanismos y foros para abordar los desafíos relacionados con la protección y el uso sostenible de estos recursos (Salazar Loggiodice 2004).

El Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore, creado por la OMPI, se ha convertido en el principal foro para las negociaciones internacionales sobre la protección de los recursos genéticos, los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales tradicionales. El Comité está integrado por representantes de estados miembros de la OMPI, organizaciones intergubernamentales y observadores de la sociedad civil (Würtenberger y Freischem 2024).

Desde su establecimiento, el Comité lleva a cabo negociaciones basadas en textos con el objetivo de finalizar un acuerdo sobre uno o varios instrumentos jurídicos internacionales para la protección de los conocimientos tradicionales. Estas negociaciones se centran en diversos aspectos clave, incluyendo, definiciones claras y precisas de los conceptos de recursos genéticos, conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales; el alcance de la protección; mecanismos de protección, incluyendo sistemas de registro, medidas contra la biopiratería y la promoción de prácticas de uso sostenible; y participación de las comunidades indígenas y locales, entre otros ejes clave.

De la protección del conocimiento tradicional a su apropiación

Varios países han promulgado normas para salvaguardar el conocimiento tradicional, sin embargo, estas iniciativas presentan limitaciones inherentes a una problemática estructural que no se ha logrado resolver, pese a los esfuerzos de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. En primer lugar, su alcance jurídico se restringe al territorio nacional en el que se promulgan, lo que genera vacíos legales en la protección del conocimiento tradicional, especialmente en aquellos casos donde los saberes son compartidos por comunidades indígenas o locales que habitan en diferentes países.

En segundo lugar, la disparidad en los niveles de protección y los enfoques adoptados por las legislaciones nacionales dificulta la armonización de criterios y la cooperación internacional en materia de mecanismos de defensa del conocimiento tradicional, las expresiones culturales tradicionales y el conocimiento asociado a los recursos genéticos (Endere 2013; Velasco Páez 2003).

Coincidiendo con lo planteado con Gómez Madrigal (2013), Espinosa (2004) y Aceituno-Mata y Vilar (2014), Vallejo Trujillo y Álvarez Amézquita (2023) esta fragmentación genera incertidumbre jurídica, deja abiertas varias lagunas que son aprovechadas por quienes se apropian de los mismos, e incluso obstaculiza el intercambio de conocimientos y experiencias entre comunidades y países.

En este contexto, algunos actores como la Comunidad Andina o la Organización Regional Africana de Propiedad Intelectual han jugado un rol activo en la salvaguarda del conocimiento tradicional. No obstante, su alcance limitado, al estar circunscritas a las fronteras de cada país, restringe su efectividad para enfrentar desafíos que pueden llegar a trascender el ámbito territorial interno de cada estado, o lo que es lo mismo, que pueda ampliarse su rango de acción más allá de las fronteras nacionales.

Como respuesta a las limitaciones de las legislaciones internas, algunos países como Bolivia o México han optado por establecer acuerdos bilaterales o plurilaterales para proteger el conocimiento tradicional (Urquidi 2012; Martínez Aguilar y Arellanes Cancino 2019). Estos acuerdos, al estar basados en el principio de reciprocidad, permiten establecer mecanismos de colaboración para el reconocimiento mutuo de estos saberes, así como el intercambio de información y la resolución de conflictos transfronterizos.

Sin embargo, en la práctica la adopción de acuerdos bilaterales o plurilaterales también puede llegar a presentar desafíos propios. Su alcance se limita a los países signatarios, dejando sin protección a los conocimientos tradicionales que no son objeto de acuerdos específicos. Además, la negociación y firma de estos acuerdos suele ser un proceso complejo y prolongado, lo que limita su aplicabilidad a un número reducido de casos.

Otro desafío que debe resolverse yace en la falta de armonización de aquellas normativas que buscan proteger el conocimiento tradicional, al encontrarse, las normas propias en este ámbito, en permanente confrontación con la normatividad en materia de propiedad intelectual desde un enfoque convencional (Tobón Franco 2007; Velasco Páez 2003; Olivé Morett et al. 2018).

Y es que las disposiciones que regulan lo relacionado con signos distintivos, nuevas creaciones o derecho de autor, no logran capturar la naturaleza colectiva y evolutiva del conocimiento tradicional, ni tampoco reconocen adecuadamente la transmisión intergeneracional y el papel fundamental que desempeñan las comunidades en su preservación y desarrollo.

Esta disparidad entre las características del conocimiento tradicional y los mecanismos de propiedad intelectual convencionales genera diversos desafíos, entre los cuales se destacan, la dificultad para definir la titularidad, pues el conocimiento tradicional no siempre tiene un autor individual claramente identificable, lo que no permite establecer quién posee los derechos sobre el mismo (García-Bermejo 2011)

También, la falta de mecanismos adecuados para la protección colectiva se plantea como otro problema asociado a esta disparidad, pues los sistemas de propiedad intelectual convencional no suelen reconocer la propiedad colectiva del conocimiento, lo que deja a las comunidades vulnerables a la apropiación indebida de sus saberes (Vallejo Trujillo y Álvarez Amézquita 2023; Valladares y Olivé 2015).

Otro problema, que se suele destacar por parte de los estudiosos en esta materia, y en particular por autores como Restrepo Orrego (2006), Quintero Rodríguez y Zamora Rondón (2017) son las barreras para el acceso y uso del conocimiento tradicional, ya que las restricciones impuestas por los derechos de propiedad intelectual pueden limitar el acceso y uso del conocimiento tradicional por parte de las propias comunidades que lo han generado, obstaculizando su desarrollo cultural y socioeconómico.

A modo ilustrativo, el régimen de derecho de autor no contempla la transmisión oral del conocimiento y la imposibilidad que supone fijarlo en un soporte; siendo esta una barrera que impide una protección efectiva de las expresiones culturales tradicionales como obras, pues, para que una obra —como una canción, un poema, una pintura— se proteja, debe necesariamente estar plasmada en un soporte, sea tangible como por ejemplo un lienzo; o intangible como la información de una tesis que está cargada en la nube.

Todo lo anterior, repercutirá en una apropiación indebida de este conocimiento tradicional, en piratería cultural y en biopiratería. No en vano, la falta de protección adecuada del conocimiento tradicional facilita su apropiación por parte de terceros, quienes pueden patentar o registrar como obras, diseños o signos distintivos, aquellos elementos de este, sin el consentimiento de las comunidades poseedoras. Sobre este punto en concreto, nos referiremos a continuación.

La catalogación como medio para frenar la apropiación del conocimiento tradicional

A la luz de estas limitaciones, surge la necesidad de desarrollar enfoques alternativos para la protección del conocimiento tradicional. Estos enfoques deben reconocer las características únicas de este tipo de conocimiento y garantizar que las comunidades indígenas y locales tengan un papel protagónico en su protección, uso y explotación. En este contexto, es crucial considerar aspectos como el reconocimiento de la propiedad intelectual colectiva, los enfoques flexibles de protección y la participación de los pueblos indígenas.

Así, respecto al reconocimiento de la propiedad colectiva sobre el conocimiento tradicional, se hace necesario que en las legislaciones internas se reconozca que estos saberes tradicionales, prácticas, usos, costumbres o técnicas, pertenecen a las comunidades que lo han generado y mantenido a lo largo del tiempo. Esto implica establecer mecanismos que garanticen el control comunitario sobre este conocimiento, evitando de esta manera su apropiación indebida por parte de terceros (Donoso Bustamante 2007).

En cuanto a los enfoques flexibles, los sistemas de protección del conocimiento tradicional que se diseñen e implementen en las legislaciones internas deben ser flexibles y adaptables a las diversas formas en que este conocimiento se crea, transmite y utiliza dentro de las diferentes comunidades (Acea Valdés 2016; Suárez-Castro et al. 2006).

Esto significa evitar la imposición de modelos rígidos y estandarizados que no respeten las particularidades de cada contexto cultural, por ejemplo, que las expresiones culturales tradicionales como recetas, leyendas, canciones se protejan siempre que se plasmen en un soporte; omitiendo que la transmisión oral es la esencia del conocimiento tradicional.

El tercer aspecto es la participación de las comunidades indígenas y locales en todos los procesos relacionados con la protección del conocimiento tradicional. Esto, además de incluir la toma de decisiones sobre cómo se protege, se utiliza y se comparte este conocimiento, debe contemplar que el consentimiento otorgado por las comunidades sea libre, previo e informado, y que este se realice de acuerdo con los usos y costumbres de cada pueblo.

Una vez se hayan cumplido estos tres presupuestos o condiciones mínimas, se podrá plantear la catalogación de los conocimientos tradicionales como una solución válida a la problemática que representa la apropiación cultural para los pueblos indígenas y las comunidades étnicas. No en vano, esta es una solución que se ha discutido en instancias como el Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, donde han confluido posturas a favor y en contra de esta solución.

De una parte, se encuentran los representantes de estados y de organizaciones indígenas y étnicas que plantean que al catalogarse los conocimientos tradicionales se puede correr el riesgo de ocasionar una erosión cultural, ya que perderían su esencia como expresiones asociadas a su cosmovisión, valores y principios, para pasar a ser un activo intangible de propiedad intelectual (Sukhwani 2012).

De otra parte, la postura a favor de la catalogación insiste en que estos registros permiten documentar y reconocer públicamente la existencia del conocimiento tradicional, brindando a las comunidades un medio para demostrar su titularidad y prevenir su apropiación indebida (Donoso Bustamante 2017; Tustin 2005).

Al abordar la catalogación de los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales tradicionales como una herramienta para frenar la apropiación cultural de este patrimonio intangible, debe hacerse de manera integral, considerando tanto sus objetivos como sus potenciales riesgos y beneficios, particularmente para los titulares tradicionales de estos saberes. En este sentido, es preciso reseñar lo dispuesto en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco de 2003, que establece en su artículo 12 la obligación de los estados de elaborar y actualizar permanentemente los inventarios del patrimonio cultural inmaterial que se encuentre dentro de su territorio,

En este sentido, desde la óptica de la protección del patrimonio cultural inmaterial — entendido como el conjunto de usos, conocimientos, técnicas, representaciones y expresiones de comunidades, grupos o en algunos casos individuos — la catalogación o preparación de inventarios o listados, responde al objetivo de asegurar el mantenimiento, uso y desarrollo de estos conocimientos y expresiones por parte de las generaciones presentes y futuras de las comunidades que los custodian.

Pero más allá de la labor de catalogación, el inventario de conocimientos tradicionales debe servir como instrumento para fortalecer la identidad cultural de las comunidades, promover el respeto por su diversidad y contribuir a la revitalización de sus tradiciones. En este sentido, una política integral de catalogación puede ampliarse a la difusión, promoción, revitalización y repatriación del conocimiento tradicional y las expresiones culturales tradicionales.

Por otra parte, y como se insistió al inicio de este apartado, es necesario que cualquier mecanismo de protección del conocimiento tradicional — como lo es en este caso la catalogación — se realice de manera participativa, involucrando activamente a las comunidades titulares en todas las etapas del proceso, garantizando su consentimiento libre, previo e informado, y acorde a su cosmovisión y costumbres.

Y es que estos conocimientos, estrechamente ligados a su cosmovisión y relación con el entorno natural, poseen un enorme potencial para el enriquecimiento cultural de la humanidad (Hui y Wei 2021; Tustin 2005). Con todo, además de los retos que deben enfrentarse en un proceso de catalogación de conocimientos tradicionales, es importante entender que existen desafíos éticos que requieren un enfoque basado en principios claros y responsables que respeten los derechos de las comunidades titulares.

Estos principios o parámetros guía, deben incluir, por lo menos, el reconocimiento de la titularidad sobre el conjunto de saberes, técnicas, prácticas, usos, costumbres y en general saberes tradicionales de una comunidad. Esto implica que cualquier iniciativa de catalogación debe partir del acto de reconocer — antes, durante y después del proceso — la propiedad intelectual colectiva de estos saberes; evitando cualquier forma de apropiación indebida o deterioro durante la catalogación, sin el consentimiento expreso de la comunidad.

Un segundo principio que se debe alinear en los procesos de catalogación es la participación y derecho a la información. En este sentido, las comunidades como poseedores legítimos de su conocimiento tradicional y expresiones culturales deben tener las garantías de que se les incluirá activamente en todas las etapas del proceso de catalogación (Vargas-Chaves et al. 2018).

Esto incluye desde la definición de los objetivos y metodologías de la catalogación hasta la difusión de los resultados obtenidos. Su participación es fundamental para garantizar que el proceso se lleve a cabo de manera respetuosa y que responda a sus necesidades e intereses.

Con la participación y el derecho a la información, surge como tercer principio — y derecho fundamental, en los términos del Convenio 169 de la OIT — la consulta previa, basada en un consentimiento libre, previo e informado. En efecto, la catalogación solo debe realizarse con el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades a través de sus representantes y siguiendo sus costumbres y tradiciones.

De acuerdo con Cárdenas Grajales (2010) y Vallejo Trujillo (2016) este consentimiento deberá ser obtenido de manera clara, transparente y culturalmente apropiada, asegurando que las comunidades comprendan plenamente los alcances del proyecto de catalogación, así como los posibles beneficios y riesgos, y, por supuesto, las condiciones en las que se utilizarán los conocimientos recopilados.

Un cuarto y último principio o directriz que es necesario tener en cuenta es la confidencialidad. En este sentido, se debe proteger la confidencialidad de los conocimientos tradicionales cuando ello sea necesario para salvaguardar su integridad o evitar su uso indebido. Esto supone desde luego establecer mecanismos adecuados para proteger la información sensible, especialmente en el caso de conocimientos sagrados o secretos que podrían ser objeto de apropiación indebida o explotación comercial.

En suma, al cumplirse con estos principios mínimos, la catalogación de conocimientos tradicionales se mantendrá como un proceso transparente de intercambio intercultural basado en el respeto mutuo y la comprensión entre los promotores de los proyectos de catalogación y las comunidades poseedoras de los saberes. Asimismo, el diálogo intercultural será fundamental para construir relaciones de confianza y colaboración, y para garantizar que la catalogación se realice de manera ética y responsable.

Discusión

Las características distintivas del conocimiento tradicional exigen la adopción de enfoques diferenciados en materia de propiedad intelectual (Vargas-Chaves y Dermer-Wodnicky 2024). Los mecanismos de protección convencionales, diseñados para proteger creaciones individuales y novedosas, tales como registro de signos distintivos y de obras, patentes de invención o modelos de utilidad, no son adecuados para salvaguardar el conocimiento tradicional, ya que no reconocen su naturaleza colectiva y la estrecha relación que este conocimiento tiene con la cosmovisión de las comunidades y pueblos indígenas (Christen 2015).

En este sentido, se hace necesario concebir un ecosistema de protección sui generis que responda a las características y esencia propia de este conocimiento y, que al mismo tiempo, se ajuste a las necesidades y expectativas de los pueblos que lo custodian. Así, un enfoque holístico que conciba estas relación entre el conjunto de saberes tradicionales y la comunidad es fundamental para garantizar el respeto por este valioso patrimonio cultural y fortalecer el apoyo a las medidas dirigidas a su protección.

Es ahí donde la catalogación de los conocimientos tradicionales surge como una opción viable y estratégica que puede contribuir a recuperar aquellos saberes que han sido apropiados por terceros, al tiempo que asegura su vigencia y relevancia en el contexto cultural tradicional y fomenta su apreciación y valoración. Sin embargo, la catalogación de estos saberes entraña desafíos éticos y prácticos que requieren un enfoque intercultural basado en el diálogo abierto y transparente.

Por lo anterior, es necesario que al iniciar un diálogo abierto y transparente entre los promotores de proyectos de catalogación del conocimiento tradicional y los pueblos indígenas y comunidades locales que poseen estos saberes, se incluyan a todos los actores que pueden ser relevantes en este proceso, desde los representantes políticos, religiosos o consejos de ancianos de estas comunidades, pasando por las generaciones más jóvenes e incluso, según el grado de relevancia que tengan en una comunidad, las mujeres, quienes son guardianas de valiosos saberes ancestrales.

Este proceso de aproximación inicial debe permitir comprender las expectativas e intereses de todas las partes involucradas, sentando las bases para una catalogación respetuosa y beneficiosa para todas las partes. Al tiempo, debe garantizarse en una siguiente etapa que la recopilación de estos saberes se realice in situ en la medida de lo posible, de tal forma que se logre una interacción directa con los custodios o poseedores de estos saberes en sus comunidades, manteniendo siempre un especial respeto y atención a aspectos culturales y éticos.

Y es que en todo proceso de catalogación de conocimientos tradicionales es necesario establecer —desde el respeto y atención— una confianza mutua, adaptándose a las normas y costumbres locales; acatando lo dispuesto por sus costumbres y tradiciones, y facilitando la comunicación mediante traductores si es necesario. Al final, la comprensión mutua de los objetivos y expectativas de las comunidades en todo proyecto de catalogación. será esencial para evitar malentendidos y generar un ambiente adecuado.

Asimismo, es preciso que se garantice el acceso a la información en un formato y lenguaje adecuados a las comunidades, empoderándolas para que participen activamente en la toma de decisiones y realicen sus propias evaluaciones (Vargas-Chaves et al. 2021). Por ello, como una fase necesaria en todo proceso de catalogación, deberá incluirse una o varias sesiones de capacitación sobre las implicaciones del proyecto y el marco legal existente en materia de acceso y uso de los conocimientos tradicionales, incluyendo las normas consuetudinarias y la ley de origen.

En cuanto a la sistematización como fase final de la catalogación de los conocimientos tradicionales, se pueden considerar algunos vehículos de transmisión del conocimiento como monografías, imágenes, archivos sonoros, audiovisuales, o incluso bases de datos. Esta decisión dependerá no solo de la forma en que este conocimiento puede plasmarse o fijarse en un sistema de catalogación, sino del acuerdo al que se haya llegado con la propia comunidad.

Por último, pero no por ello menos importante, en todas las etapas será necesario buscar el consentimiento libre, previo e informado, así como la aceptación de las condiciones por parte de las comunidades involucradas, siguiendo sus usos, costumbres y tradiciones, y reconociendo en todo momento su titularidad sobre los derechos de propiedad intelectual de sus usos, saberes, prácticas, técnicas, costumbres o saberes tradicionales.

Ahora bien, más allá de los principios o directrices mínimas para la catalogación de conocimientos tradicionales antes mencionadas, es importante considerar otras dimensiones éticas en este proceso. Este sería el caso de la equidad en la distribución de beneficios como criterio orientador que lleve a la catalogación a generar beneficios justos y equitativos para las comunidades poseedoras de los saberes tradicionales (Lawson et al. 2022). Ello supondrá establecer mecanismos transparentes para la distribución de los beneficios económicos, sociales o de otro tipo que puedan derivarse de la catalogación.

Un segundo escenario a dimensionar como parte del deber ético de los promotores es la protección de la identidad cultural, ya que el proceso de catalogación no debe poner en ninguna circunstancia en riesgo la identidad cultural de las comunidades ni la integridad de sus tradiciones. Por lo anterior, se hace necesario que como política de intervención, se mantenga un absoluto respeto por los valores y creencias de las comunidades, evitando además cualquier forma de imposición cultural o homogenización.

Conclusiones

En el ámbito del derecho de propiedad intelectual, el derecho de autor sobre el contenido catalogado suele recaer en las entidades o personas que realizaron la catalogación o los registros, como etnólogos o museos. Esta situación puede generar un desequilibrio de poder, donde las comunidades pierden el control sobre sus propios conocimientos y expresiones culturales tradicionales.

Para evitar este escenario, es fundamental que los pueblos y comunidades titulares de sus conocimientos tradicionales conozcan sus derechos y tengan la capacidad de ejercer control sobre la utilización de sus conocimientos. En este sentido, la protección del conocimiento tradicional no solo tiene implicaciones en el ámbito de la propiedad intelectual, sino que también está estrechamente relacionada con otros temas como la preservación de la cultura de los pueblos indígenas y comunidades locales.

A lo largo del texto, se ha insistido en que la protección del conocimiento tradicional es un desafío que requiere de un compromiso conjunto por parte de gobiernos, organizaciones internacionales, comunidades indígenas y locales, y la sociedad civil. Solo a través de un esfuerzo colaborativo y multidisciplinario será posible garantizar la salvaguarda de este tesoro cultural y promover su uso sostenible en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

En este punto, surge como estrategia de protección del conocimiento tradicional ante los distintos escenarios de apropiación cultural, el proceso de catalogación como una herramienta valiosa para fortalecer las capacidades de las comunidades en este ámbito, y, al mismo tiempo, documentar y preservar los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales, asegurando su existencia para las generaciones futuras.

Otros beneficios que trae consigo la catalogación es su aporte en la visibilizar y valorizar el conocimiento tradicional, reconociéndole como un patrimonio cultural de gran importancia. Además, permite empoderar a las comunidades al proporcionarles herramientas para gestionar y defender su patrimonio cultural. Sin embargo, más allá de los beneficios que supone el proceso de catalogación, es importante considerar otras dimensiones éticas en este proceso, para evitar un deterioro cultural o una lesión a sus derechos e intereses.

A modo de recopilación, en el artículo se reseñan algunas dimensiones y principios mínimos que tienen por objetivo preservar y salvaguardar este conjunto de técnicas, prácticas, usos, costumbres y saberes tradicionales, así como generar una retribución equitativa para las comunidades poseedoras. Esto implica establecer mecanismos transparentes para la distribución justa de beneficios económicos, sociales o de otro tipo que puedan derivarse de la catalogación.

En consonancia con lo anterior, se establece un deber o responsabilidad de quienes lideran o participan en un proceso de catalogación de no poner, en ninguna circunstancia, en riesgo la identidad cultural de las comunidades ni la integridad de sus tradiciones. Por ello, es esencial que durante todo el proceso se respeten los valores y creencias de las comunidades, y se evite cualquier forma de imposición cultural o homogenización.

Así, pues, la catalogación del conocimiento tradicional es una tarea compleja y delicada que requiere un enfoque ético y responsable que respete los derechos y la dignidad de los pueblos indígenas y comunidades locales. Los principios mencionados en este documento, junto con las reflexiones adicionales sobre la equidad, la protección de la identidad cultural y el diálogo intercultural, proporcionan un marco ético sólido para guiar el desarrollo de proyectos de catalogación que sean respetuosos, beneficiosos y justos para todas las partes involucradas.

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Referencias

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Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    31 Mar 2025
  • Fecha del número
    Jan-Dec 2025

Histórico

  • Recibido
    05 Jul 2024
  • Acepto
    18 Oct 2024
  • Publicado
    30 Ene 2025
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